Articulo 101 bis Medidas ...008 Aragón

Articulo 101 bis Medidas tributarias 2008 Aragón

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Artículo 101 bis.-Exenciones.

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Están exentas del pago de la tasa las personas que hayan obtenido el reconocimiento como víctimas por actos de terrorismo, sus cónyuges o parejas de hecho y sus hijos, conforme a la normativa vigente que les sea de aplicación.