Articulo 1003 Código civil
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»Artículo 1003
Vigente
Por la aceptación pura y simple, o sin beneficio de inventario, quedará el heredero responsable de todas las cargas de la herencia, no sólo con los bienes de ésta, sino también con los suyos propios.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 25-07-1889 en vigor desde 25-07-1889