Articulo 100 TR. Ley reguladora de los residuos
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»Artículo 100. Supuestos
Vigente
Se pueden imponer multas coercitivas para la ejecución de las obligaciones derivadas de actos infractores o en ejecución de resoluciones sancionadoras, que son reiterables si transcurren los plazos señalados a este efecto en los requerimientos correspondientes, hasta que se cumpla lo que se ha dispuesto.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 28-07-2009 en vigor desde 29-07-2009