Articulo 100 Pesca de Galicia

Articulo 100 Pesca de Galicia

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 100º.-Trazabilidad.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


A lo largo de todo el proceso de comercialización, los productos pesqueros habrán de estar correctamente identificados y cumplir la normativa vigente en materia de comercialización.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 16-12-2008 en vigor desde 16-12-2009