Articulo 100 Patrimonio de C León

Articulo 100 Patrimonio de C. León

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Artículo 100. Justificación de la necesidad de la adquisición de inmuebles o derechos reales.

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Para la tramitación del procedimiento de adquisición se incorporará al correspondiente expediente una memoria en la que se justificará la necesidad o conveniencia de la adquisición, el fin o fines a que se pretende destinar el inmueble o los derechos y el procedimiento de adjudicación que, conforme a lo establecido en el artículo siguiente y de forma justificada, se proponga seguir.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-10-2006 en vigor desde 19-11-2006