Articulo 10 Título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico y enseñanzas mínimas
Artículo 10. Módulos profesionales.
1. Los módulos profesionales de este ciclo formativo.
a) Quedan desarrollados en el Anexo I del presente real decreto, cumpliendo lo previsto en el artículo 10 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio.
b) Son los que a continuación se relacionan:
1051. Circuitos electrónicos analógicos.
1052. Equipos microprogramables.
1053. Mantenimiento de equipos de radiocomunicaciones.
1054. Mantenimiento de equipos de voz y datos.
1055. Mantenimiento de equipos de electrónica industrial.
1056. Mantenimiento de equipos de audio.
1057. Mantenimiento de equipos de vídeo.
1058. Técnicas y procesos de montaje y mantenimiento de equipos electrónicos.
1059. Infraestructuras y desarrollo del mantenimiento electrónico.
1060. Proyecto de mantenimiento electrónico.
1061. Formación y orientación laboral.
1062. Empresa e iniciativa emprendedora.
1063. Formación en centros de trabajo.
2. Las Administraciones educativas establecerán los currículos correspondientes, respetando lo establecido en este real decreto y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.
- Texto Original. Publicado el 15-12-2011 en vigor desde 16-12-2011