Articulo 10 Título de Técnico Superior en Automatización y Robótica Industrial y enseñanzas mínimas
Artículo 10. Módulos profesionales.
1. Los módulos profesionales de este ciclo formativo.
a) Quedan desarrollados en el Anexo I del presente real decreto, cumpliendo lo previsto en el artículo 10 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio.
b) Son los que a continuación se relacionan:
0959. Sistemas eléctricos, neumáticos e hidráulicos.
0960. Sistemas secuenciales programables.
0961. Sistemas de medida y regulación.
0962. Sistemas de potencia.
0963. Documentación técnica.
0964. Informática industrial.
0965. Sistemas programables avanzados.
0966. Robótica industrial.
0967. Comunicaciones industriales.
0968. Integración de sistemas de automatización industrial.
0969. Proyecto de automatización y robótica industrial.
0970. Formación y orientación laboral.
0971. Empresa e iniciativa emprendedora.
0972. Formación en centros de trabajo.
2. Las Administraciones educativas establecerán los currículos correspondientes, respetando lo establecido en este real decreto y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.
- Texto Original. Publicado el 15-12-2011 en vigor desde 16-12-2011