Articulo 10 Sostenibilidad de biocarburantes y biolíquidos
Articulo 10 Sostenibilida...iolíquidos

Articulo 10 Sostenibilidad de biocarburantes y biolíquidos

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 10. Sujetos obligados a presentar información para los fines contemplados en los subapartados a) y b) del artículo 3.1.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Los sujetos obligados a presentar información para demostrar que los biocarburantes y biolíquidos cumplen los criterios de sostenibilidad, enunciados en el artículo 4 de este real decreto, son los siguientes.

a) Los sujetos obligados a la venta o consumo de biocarburantes, del apartado 5 del artículo anterior, para los fines contemplados en los subapartados a) y b) del artículo 3.1.

b) Los agentes económicos, del artículo anterior, que pongan a disposición del consumidor final biolíquidos que deban demostrar que cumplen los criterios de sostenibilidad para el fin contemplado en el subapartado b) del artículo 3.1.