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Articulo 10 Reglamento de Administración Electrónica

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Artículo 10. Accesibilidad

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La información, contenidos y servicios propios a los que se accede en el portal corporativo de la Generalitat deberán cumplir con las normas reguladoras de la accesibilidad recogidas en el Real Decreto 1494/2007, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones básicas para el acceso de las personas con discapacidad a las tecnologías, productos y servicios relacionados con la sociedad de la información y medios de comunicación social, la normativa que lo modifique o sustituya y otras normas que sean de aplicación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-12-2014 en vigor desde 18-12-2014