Articulo 10 Registro de P...ón Pública

Articulo 10 Registro de Personal Funcionario Habilitado de la Administración Pública

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 10. Protección de Datos de Carácter Personal.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1.- Los tratamientos de datos de carácter personal se someterán a las exigencias de la normativa actual en materia de protección de datos personales, el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales y a la libre circulación de estos datos y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

2.- Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) aprobadas por el Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.