Articulo 10 Racionalización del sector público autonómico
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»Artículo 10. Articulación de los principios de cooperación, colaboración y asistencia recíprocas
Vigente
Los principios de colaboración, cooperación y asistencia en el ámbito interno del sector público autonómico se harán efectivos a través de los siguientes instrumentos y procedimientos.
a) Protocolos de coordinación.
b) Comisiones o grupos de trabajo.
c) Encomiendas de gestión.
d) Acuerdos de colaboración o cooperación para el desempeño conjunto de tareas comunes.
e) Acuerdos de colaboración o cooperación para la financiación conjunta de contratos para la satisfacción de una finalidad común.
f) Otros instrumentos y procedimientos que de manera común y voluntaria se establezcan.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 27-01-2014 en vigor desde 16-02-2014