Articulo 10 Patrimonio Histórico de Andalucía
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»Artículo 10. Modificación y cancelación.
Vigente
La modificación o cancelación de la inscripción de un bien en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz se realizará siguiendo el procedimiento establecido en esta Ley para su inscripción.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 19-12-2007 en vigor desde 08-01-2008