Articulo 10 Patrimonio de Andalucía
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»Artículo 10.
Vigente
Los bienes y derechos cuya titularidad corresponda a sujetos de Derecho privado, pertenecientes o no a la Comunidad Autónoma de Andalucía o a sus Organismos, se someterán a las normas de Derecho privado.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 09-05-1986 en vigor desde 29-05-1986