Articulo 10 Parejas de He... Cantabria

Articulo 10 Parejas de Hecho de Cantabria

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 10. Guarda y régimen de visitas de los hijos e hijas menores.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


En caso de disolución en vida de la pareja de hecho, la guarda y custodia de los hijos e hijas comunes y el régimen de visitas, comunicación y estancia se determinará en aplicación de la legislación civil vigente en materia de relaciones paterno-filiales.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 24-05-2005 en vigor desde 25-05-2005