Articulo 10 Ordenación de... y Paisaje

Articulo 10 Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 10. Criterios de integración territorial y paisajística de las infraestructuras

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Los planes territoriales, urbanísticos y sectoriales.

a) Fijarán las reservas de suelo necesarias para facilitar la construcción o ampliación de las infraestructuras supramunicipales.

Estas se diseñarán e implantarán considerando la morfología y permeabilidad del territorio, su integración en el paisaje, su afección a la infraestructura verde, así como la prevención de riesgos naturales e inducidos.

b) Priorizarán la gestión eficaz de las infraestructuras existentes y canalizarán su implantación hacia corredores multifuncionales que compatibilicen aquellas para economizar el consumo de suelo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-07-2014 en vigor desde 20-08-2014