Articulo 10 Normas de uniformidad de la Guardia Civil
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»Artículo 10. Uniformes del personal de la Guardia Civil que presta servicio en la Casa de Su Majestad el Rey.
Vigente
Determinadas prendas o efectos de las modalidades de los uniformes de gran etiqueta, etiqueta, gala, especial relevancia, diario, interior de acuartelamiento y servicio del personal de la Guardia Civil que preste servicio en la Casa de Su Majestad el Rey, podrán adaptarse en color o diseño para obtener uniformes específicos. Dichas adaptaciones respetarán las presentes normas y serán reguladas por el Jefe del Cuarto Militar de la Casa de Su Majestad el Rey mediante las instrucciones correspondientes.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 04-03-2023 en vigor desde 24-03-2023