Articulo 10 Memoria democrática de Aragón
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»Artículo 10. Reparación por trabajos forzados.
Vigente
El Gobierno de Aragón impulsará, mediando las investigaciones pertinentes, las actuaciones para que las organizaciones o empresas que probadamente utilizaron los trabajos forzados en su beneficio adopten medidas de reconocimiento y reparación a las víctimas, así como la señalización de los lugares directamente relacionados con los trabajos forzados, de forma que se se permitan su identificación y el recuerdo de lo sucedido.