Articulo 10 medidas urgentes para compensar la inflación en las Illes Balears
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Artículo 10. Tratamiento y cesión de datos personales

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Los tratamientos de datos personales de las personas beneficiarias, incluidas las comunicaciones de los datos personales entre las administraciones públicas, que resulten necesarias para la tramitación de estas ayudas, se considerarán fundamentados en el cumplimiento de una misión realizada en el interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable, de acuerdo con el artículo 8.2 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, conforme a los términos que prevé el artículo 6.1.e) del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 08-11-2022 en vigor desde 08-11-2022