Articulo 10 Medidas tributarias 2007 Aragón
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»Artículo 10. -Modificación de la Tasa 09 por servicios facultativos en materia de ordenación y defensa de las industrias forestales, agrarias y alimentarias.
Vigente
Se modifica el artículo 36 del Texto Refundido de las Tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón, con la siguiente redacción.
«Artículo 36.-Tarifas.
La cuantía de la tasa se determina por la aplicación de las siguientes tarifas:
Tarifa 01. Por instalación, ampliación, perfeccionamiento, sustitución y traslado:
Valor de las instalaciones o de sus modificaciones (euros) | Tarifas (euros) |
100.000,00 | 100,00 |
100.00,01 a 450.000,00 | 200,00 |
450.000,01 | 300,00 |
Tarifa 02. Por cambio de titularidad o denominación social de la empresa: 50,00 euros.
Tarifa 03. Por expedición de certificados relacionados con la transformación y comercialización agroalimentarias: 12,00 euros.»