Articulo 10 Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organ...13 de la Generalitat
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Articulo 10 Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización 2013 de la Generalitat

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Artículo 10

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Se modifican las cuantías de la sección III. «Enseñanzas de Idiomas» del apartado uno del artículo 138 del texto refundido de la Ley de Tasas de la Generalitat, aprobado por Decreto Legislativo 1/2005, de 25 de febrero, del Consell, quedando en los siguientes términos:

III. Enseñanzas de Idiomas:

1. Plan de Estudios Real Decreto 1523/1989, de 1 de diciembre y Decreto 48/1993, de 5 de abril del Consell de la Generalitat, y Plan de Estudios Real Decreto 1629/2006, de 29 de diciembre (Niveles Básico, Intermedio y Avanzado):

Importe (euros)

1.1. Alumnado oficial:

1.1.1. Matrícula (por idioma y curso) 66,61

1.1.2. Repetición de curso (por idioma) 79,91

1.1.3. Prueba de nivel (enseñanzas presenciales) o valoración inicial del alumno (enseñanzas a distancia) 31,57

1.1.4. Matrícula curso intensivo (por idioma y curso) 52,14

1.2. Pruebas para la obtención del Certificado de Aptitud de Ciclo o Nivel 66,61

1.3. Curso formativo/actualización de 120 horas 65,94

1.4. Curso formativo/actualización de 60 horas 32,97

1.5. Curso especializado en el nivel C1 o C2 93,24

2. Cursos especiales monográficos:

2.1. Hasta treinta horas de duración 125,17

2.2. Entre treinta y sesenta horas de duración 250,29

2.3. Más de sesenta horas de duración 500,62

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 27-12-2013 en vigor desde 01-01-2014