Articulo 10 Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización 2011 de la Generalitat
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»Artículo 10.
Vigente
Se modifica la denominación del epígrafe 6 del apartado Uno del artículo 128 del Texto Refundido de la Ley de Tasas de la Generalitat, aprobado por Decreto Legislativo 1/2005, de 25 de febrero, del Consell, en los términos siguientes:
«Tipo de servicio:
6. Apertura de expedientes correspondientes a enseñanzas LOE:
Enseñanzas profesionales de Música y de Danza, enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño, Idiomas y Enseñanzas Deportivas.»
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 28-12-2011 en vigor desde 01-01-2012