Articulo 10 Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización 1999 de la Generalitat
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»Artículo 10. Tasa por el servicio de control de calidad de la edificación.
Vigente
Uno. El artículo 101 («Tipos de gravamen»), de la Ley 12/1997, de 23 de diciembre, pasa a ser el nuevo artículo 102 de la citada Ley.
Dos. El artículo 102 («Devengo y pago»), de la Ley 12/1997, de 23 de diciembre, pasa a ser el nuevo artículo 103 de la citada Ley.
Tres. El artículo 103 («De exenciones»). de la Ley 12/1997, de 23 de diciembre, pasa a ser el nuevo artículo 101 de la Ley 12/1997, de 23 de diciembre, modificándose la denominación por la de «Exenciones».
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-1999 en vigor desde 01-01-2000