Articulo 10 medidas fisca...de Galicia

Articulo 10 medidas fiscales y administrativas 2015 de Galicia

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 10. Otorgamiento de licencias de taxi y de autorizaciones interurbanas de taxi

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Uno. Se modifica el título del artículo 16 de la Ley 4/2013, de 30 de mayo, de transporte público de personas en vehículos de turismo de Galicia, que queda redactado como sigue.

«Artículo 16. Otorgamiento de licencias de taxi y de autorizaciones interurbanas de taxi».

Dos. Se modifica el punto 5 del artículo 16 de la Ley 4/2013, de 30 de mayo, de transporte público de personas en vehículos de turismo de Galicia, que queda redactado como sigue:

«5. Después de lo anterior, la Xunta de Galicia otorgará de manera automática la autorización interurbana de taxi.

A efectos de unificar el principio de vigencia de ambos títulos, la licencia de taxi estará condicionada en su eficacia a la fecha de otorgamiento de la autorización interurbana de taxi».

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2015 en vigor desde 01-01-2016