Articulo 10 Medidas Fiscales y Administrativas 2014 de Cantabria
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»Artículo 10. - Actualización de Tasas de la Administración del Gobierno de Cantabria y de sus Entes de Derecho Público.
Vigente
Con carácter general, a partir de 1 de enero de 2015, el importe de las Tasas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y sus Entes de Derecho Público permanecerá inalterable respecto al exigido para el ejercicio 2014.
Se exceptúan de lo previsto en el párrafo anterior, las tasas cuyos tipos y/o tarifas hayan sido creados y/o modificados expresamente por la presente ley.
El importe de las tasas actualizadas, a partir de 1 de enero de 2015, se relaciona en el Anexo I de esta ley.