Articulo 10 Integridad y Ética Públicas
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Artículo 10. Autonomía.

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1. La Agencia tendrá autonomía organizativa plena.

2. La Agencia aprobará el anteproyecto de su presupuesto, que garantizará su autonomía a través de la suficiencia de medios para el correcto desempeño de sus funciones y se integrará en los presupuestos de la Comunidad Autónoma, conformando un servicio de la sección destinada a las Cortes de Aragón.

3. La Comisión Ejecutiva de la Agencia presentará ante la Mesa de las Cortes un proyecto de reglamento de organización y funcionamiento, que será debatido y aprobado por dicha Mesa, de acuerdo con la Junta de Portavoces y publicado en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón y en el Boletín Oficial de Aragón .

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 16-06-2017 en vigor desde 06-07-2017