Articulo 10 Impuesto sobr...or Añadido

Articulo 10 Impuesto sobre el Valor Añadido

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Artículo 10. Concepto de transformación.

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Salvo lo dispuesto especialmente en otros preceptos de esta Ley Foral, se considerará transformación cualquier alteración de los bienes que determine la modificación de los fines específicos para los cuales eran utilizables.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-1992 en vigor desde 01-01-1993