Articulo 10 Se establecen los departamentos de la AEAT y se les atribuyen funciones y competencias
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»Artículo 10. Suplencia del titular de la Dirección General de la Agencia.
Vigente
En los casos de vacante, ausencia o enfermedad del titular de la Dirección General de la Agencia sus funciones serán desempeñadas temporalmente por los titulares de los Departamentos por el orden en el que se mencionan en el artículo 1.
Modificaciones
- Artículo modificado por Orden PRE/1814/2010, de 2 de julio, por la que se modifica la Orden PRE/3581/2007, de 10 de diciembre, por la que se establecen los departamentos de la Agencia Estatal de Administracion Tributaria y se les atribuyen funciones y competencias.
(BOE de 07-07-2010) en vigor desde 08-07-2010