Articulo 10 Deporte de Navarra
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»Artículo 10. Definición de deporte.
Vigente
Se entiende como deporte las actividades físicas que mediante una participación organizada o de otro tipo tengan por finalidad la expresión o la mejora de la condición física y psíquica, el desarrollo de las relaciones sociales o el logro de resultados en competiciones de todos los niveles.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 16-07-2001 en vigor desde 16-08-2001