Articulo 10 Creación de la reserva estratégica de productos sanitarios
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Artículo 10. Acuerdos de Colaboración.

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La Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Sanitarios de Castilla-La Mancha, en el ámbito de sus funciones, podrá llegar a acuerdos de colaboración con otras entidades encargadas de las reservas o depósitos de material sanitario que se puedan crear en el ámbito estatal o autonómico, así como con otras entidades para el desarrollo e implantación de instalaciones de producción de material sanitario en Castilla-La Mancha.

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  • Texto Original. Publicado el 26-10-2020 en vigor desde 15-11-2020