Articulo 10 Conservación de espacios de relevancia ambiental (LECO)
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»Artículo 10. Concepto.
Vigente
Son espacios naturales protegidos las zonas terrestres y marinas de las Illes Balears que sean declaradas como tales en la forma prevista en esta ley atendiendo a la representatividad, la singularidad, la fragilidad o el interés de sus elementos o sistemas naturales.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 04-06-2005 en vigor desde 05-06-2005