Articulo 10 Compensación ... y Melilla

Articulo 10 Compensación al transporte marítimo y aéreo de mercancías con origen o destino en Ceuta y Melilla

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Artículo 10. Requisitos generales de los beneficiarios de las compensaciones.

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1. Podrá reconocerse el derecho a la percepción de la compensación a las personas o entidades que acrediten la concurrencia de las circunstancias previstas en este real decreto.

2. No podrán obtener la condición de beneficiarios de las compensaciones reguladas en este real decreto las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.