Articulo 10 Atribuciones en materia de personal de los órganos de la Administración y sus organismos autónomos
Artículo 10. Atribuciones de la Dirección General de Interior.
1. En relación con el personal del Cuerpo de la Policía Foral de Navarra, corresponden al Director General de Interior, o al órgano que determine la normativa reguladora de su estructura orgánica, las siguientes atribuciones:
a) Las enumeradas en los artículos 5 y 6 del presente Decreto Foral.
b) La aprobación, tramitación y resolución de las convocatorias para la provisión de puestos de trabajo dentro del Cuerpo de la Policía Foral de Navarra.
c) La tramitación y resolución de las autorizaciones de compatibilidad del personal del referido Cuerpo.
2. Corresponde al Jefe del Cuerpo de la Policía Foral la incoación y resolución de expedientes disciplinarios al personal de dicho Cuerpo por la comisión de faltas leves.
3. En relación con el personal que ocupa los puestos de trabajo previstos en el artículo 53.1 de la Ley Foral 8/2005, de 1 de julio, de protección civil y atención de emergencias de Navarra, así como de Jefe de Sala y de Operador Oficial o Auxiliar de Coordinación, corresponden a la Dirección General de Interior las siguientes atribuciones:
a) Las enumeradas en el artículo 6 del presente Decreto Foral.
b) La aprobación, tramitación y resolución de las convocatorias para la provisión de los puestos de trabajo previstos en el artículo 53.1 de la Ley Foral 8/2005, de 1 de julio, de protección civil y atención de emergencias de Navarra.
- Artículo modificado por DECRETO FORAL 97/2016, de 9 de noviembre, por el que se modifica el Decreto Foral 30/2005, de 21 de febrero, por el que se delimitan las atribuciones en materia de personal de los distintos órganos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.
(BON de 22-11-2016) en vigor desde 23-11-2016