Articulo 10 Agencia tributaria
Artículo 10.- La Presidencia.
1. La Presidencia de la Agencia Tributaria Canaria corresponde a la persona titular de la consejería competente en materia tributaria. Es el órgano que ejerce la dirección estratégica de la Agencia Tributaria Canaria, entendida como el establecimiento de las estrategias necesarias para alcanzar su objeto.
2. Corresponde a la Presidencia:
a) Ejercer la representación institucional de la agencia.
b) Presidir el Consejo Rector, así como velar por la ejecución de sus acuerdos, ostentando todas las demás competencias que le correspondan como presidente del órgano colegiado según lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
c) Convocar y resolver los procedimientos de selección y provisión de los puestos de la Agencia Tributaria, en los términos previstos en el artículo 30 de esta ley.
d) Aprobar las cuentas anuales.
e) Ejercer las funciones y competencias que le atribuya el Estatuto.
f) Acordar, en su caso, la revocación de los actos dictados por la persona titular de la Dirección.
g) Aprobar la relación de puestos de trabajo y las modificaciones de la misma, a propuesta de la Dirección.
3. En el supuesto de ausencia, vacante o enfermedad u otro impedimento legal, la persona titular de la Dirección suplirá a la de la Presidencia en las funciones a que se refiere el presente artículo.
- Modificación realizada (10 (apdo. 2.g), se añade)) por DECRETO ley 5/2022, de 28 de abril, de medidas urgentes para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los fondos procedentes del Instrumento Europeo de Recuperación denominado «Next Generation EU» en el ámbito de la Agencia Tributaria Canaria.
(BOC de 03-05-2022) en vigor desde 04-05-2022 - Modificación realizada (10) por LEY 4/2021, de 2 de agosto, para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.
(BOC de 04-08-2021) en vigor desde 05-08-2021 - Artículo modificado por LEY 7/2017, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2018.
(BOC de 30-12-2017) en vigor desde 01-01-2018