Articulo 1 Vivienda de I. Balears
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»Artículo 1. Objeto
Vigente
Esta ley tiene como objeto hacer efectivo, en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de las Illes Balears, el derecho una vivienda digna, adecuada y asequible reconocido en la Constitución Española y en el Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, de acuerdo con los estándares del derecho internacional de derechos humanos.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 26-06-2018 en vigor desde 27-06-2018