Articulo 1 Turismo, ocio y hospitalidad
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»Artículo 1. Objeto
Vigente
Esta ley tiene por objeto la promoción y ordenación de la actividad turística de la Comunitat Valenciana y el impulso de actividades de ocio vinculadas a la misma, el fomento y modernización de su sector turístico, el impulso de la hospitalidad como elemento básico en la relación entre residentes y turistas así como proporcionar un marco normativo para la acción de las administraciones públicas de la Comunitat Valenciana que facilite la preservación y mejora de los recursos turísticos y su planificación y vertebración en el territorio.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 08-06-2018 en vigor desde 08-07-2018