Articulo 1 Turismo, ocio y hospitalidad

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Artículo 1. Objeto

Vigente

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Esta ley tiene por objeto la promoción y ordenación de la actividad turística de la Comunitat Valenciana y el impulso de actividades de ocio vinculadas a la misma, el fomento y modernización de su sector turístico, el impulso de la hospitalidad como elemento básico en la relación entre residentes y turistas así como proporcionar un marco normativo para la acción de las administraciones públicas de la Comunitat Valenciana que facilite la preservación y mejora de los recursos turísticos y su planificación y vertebración en el territorio.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 08-06-2018 en vigor desde 08-07-2018