Articulo 1 TR. Ley de Urbanismo
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»Artículo 1. Objeto.
Vigente
1. Esta Ley tiene por objeto regular la actividad urbanística y el régimen urbanístico del suelo, el vuelo y el subsuelo en la Comunidad Autónoma de Aragón.
2. La actividad urbanística comprende la clasificación, el planeamiento, la urbanización, la intervención en el mercado de la vivienda y del suelo y en el uso del suelo y la disciplina urbanística.
3. La actividad urbanística se desarrolla en el marco de la ordenación del territorio.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 18-07-2014 en vigor desde 20-11-2014