Articulo 1 TR. de la ley sobre seguridad social de las fuerzas armadas
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 1. Régimen especial de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas.
Vigente
El Régimen especial de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas se rige por lo dispuesto en la presente Ley y en sus normas de aplicación y desarrollo, así como por la legislación de Clases Pasivas del Estado.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 14-06-2000 en vigor desde 15-06-2000