Articulo 1 TR. de la ley general de la seguridad social
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»Artículo 1. Derecho de los españoles a la Seguridad Social.
Vigente
El derecho de los españoles a la Seguridad Social, establecido en el artículo 41 de la Constitución, se ajustará a lo dispuesto en la presente Ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-06-1994 en vigor desde 01-09-1994