Articulo 1 TR. Ley de cooperativas
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»Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Vigente
La presente ley tiene por objeto regular y fomentar las sociedades cooperativas que se constituyan y desarrollen sus actividades dentro del territorio aragonés, sin perjuicio de que, para completar y mejorar sus fines, puedan realizar actividades instrumentales y tener relaciones con terceros fuera de Aragón.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 09-09-2014 en vigor desde 10-09-2014