Articulo 1 Texto de la Le...lo Agrario

Articulo 1 Texto de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario

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Artículo 1.

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El suelo rústico deberá utilizarse en la forma que mejor corresponda a su naturaleza, con subordinación a las necesidades de la comunidad nacional.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 03-02-1973 en vigor desde 23-02-1973