Articulo 1 territoriales Estructura y organización territorial de la AEAT
Primero. Órganos territoriales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Son órganos territoriales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria:
a) Las Delegaciones Especiales de la Agencia Tributaria.
b) Las Delegaciones de la Agencia Tributaria.
c) Las Administraciones de la Agencia Tributaria.
d) Las Administraciones de Aduanas e Impuestos Especiales.
e) Las Administraciones de asistencia Digital Integral.
Las Delegaciones, Administraciones de la Agencia Tributaria y Administraciones de Aduanas e Impuestos Especiales son órganos de las Delegaciones Especiales, de las que dependerán orgánica y funcionalmente en los términos establecidos en la presente resolución y en la normativa reguladora de la organización y funciones de cada área funcional de la Agencia Tributaria.
Las Administraciones de asistencia Digital Integral dependerán orgánicamente de la Delegación Especial en la que se hayan creado y desempeñarán las funciones de información y asistencia tributaria y aduanera que tengan atribuidas en la normativa reguladora de la organización y funciones de cada área funcional de la Agencia Tributaria, bajo la coordinación de los respectivos Departamentos.
- Texto Original. Publicado el 14-01-2021 en vigor desde 15-01-2021