Articulo 1 Tasas, precios y exacciones

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Artículo 1. Contenido de la ley.

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La presente ley regula los aspectos financieros de la actividad de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Galicia, en cuanto dicha actividad pretenda determinar o influir en el consumo o consista en la entrega de ciertos bienes o la prestación de ciertos servicios, en ambos casos individualizables.

A estos efectos, se entenderá que el consumo de un bien o servicio es individualizable cuando exista una demanda definida de éste, tanto si la misma es de carácter voluntario como si tiene su origen en una obligación legal.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 11-12-2003 en vigor desde 12-12-2003