Articulo 1 Sostenibilidad Energética
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»Artículo 1.- Objeto.
Vigente
La presente ley tiene por objeto el establecimiento, de acuerdo con la orientación general de la política energética, de los pilares normativos de la sostenibilidad energética en los ámbitos de las administraciones públicas vascas y del sector privado, articulando los deberes y obligaciones básicos que unas y otros deben cumplir y que se orientan fundamentalmente al impulso de medidas de ahorro y eficiencia energética, y de promoción e implantación de energías renovables.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 28-02-2019 en vigor desde 01-03-2019