Articulo 1 sobre declarac...ja y cabra

Articulo 1 sobre declaraciones obligatorias a efectuar por primeros compradores y productores de leche y productos lácteos de vaca, oveja y cabra

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Artículo 1. Objeto.

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El presente real decreto tiene por objeto.

a) Regular el sistema de declaraciones obligatorias a efectuar:

i. Por los primeros compradores de leche cruda de vaca, oveja o cabra en desarrollo de lo dispuesto en el artículo 151 del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.º 922/72, (CEE) n.º 234/79, (CE) n.º 1307/2001 y (CE) n.º 1234/2007.

ii. Por los productores de leche cruda y productos lácteos de vaca, oveja y cabra en España que destinen directamente al consumidor toda o parte de su producción o elaboren productos lácteos en la explotación.

b) Desarrollar el Sistema unificado de información del sector lácteo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-04-2015 en vigor desde 26-04-2015