Articulo 1 Sistema de Pro... Cantabria

Articulo 1 Sistema de Protección Civil y Gestión de Emergencias de Cantabria

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Artículo 1. Objeto.

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1. La presente ley tiene por objeto regular el Sistema Autonómico de Protección Civil como servicio público en materia de protección civil y gestión de emergencias en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria, dentro del marco de las competencias que sobre esta materia ostentan tanto las instituciones autonómicas como las entidades locales radicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma.

2. El Sistema Autonómico de Protección Civil es el instrumento esencial para asegurar la coordinación, la cohesión y la eficacia de las políticas públicas de protección civil dentro del marco del Sistema Nacional de Protección Civil.