Articulo 1 Reglamento de Recaudación
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»Artículo 1º. Concepto
Vigente
La gestión recaudatoria consiste en el ejercicio de la función administrativa conducente a la realización de los créditos tributarios y demás de derecho público de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 10-08-2001 en vigor desde 11-08-2001