Articulo 1 Reglamento marco de coordinación de las policías locales
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Articulo 1 Reglamento marco de coordinación de las policías locales

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Artículo 1. Objeto y naturaleza

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1. Este reglamento tiene por objeto el desarrollo de la Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Illes Balears.

2. Tiene carácter de norma marco de los reglamentos de policía local aprobados por los ayuntamientos, los cuales deben ajustarse a lo dispuesto en esta norma.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-05-2019 en vigor desde 26-05-2019