Articulo 1 Radio Televisión Madrid
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»Artículo 1. Objeto
Vigente
La presente Ley tiene por objeto regular el servicio público de comunicación audiovisual en la Comunidad de Madrid, así como establecer el régimen jurídico de la entidad a la que se atribuye la prestación de dicho servicio.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-12-2015 en vigor desde 30-12-2015