Articulo 1 Radio Televisión Madrid
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Artículo 1. Objeto

Vigente

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La presente Ley tiene por objeto regular el servicio público de comunicación audiovisual en la Comunidad de Madrid, así como establecer el régimen jurídico de la entidad a la que se atribuye la prestación de dicho servicio.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-12-2015 en vigor desde 30-12-2015