Articulo 1 Racionalización y uso eficiente del agua en el sector turístico, mitigación y adaptación al cambio climático de los destinos turísticos de Andalucía
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»Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Vigente
1. El presente decreto-ley tiene por objeto:
a) Incorporar las modificaciones normativas precisas para incentivar la mejora de las infraestructuras, establecimientos y grandes destinos turísticos de Andalucía permitiendo su adaptación a la situación de escasez de agua y cambio climático.
b) Establecer subvenciones al sector turístico para la mejora de la eficiencia energética, racionalización y uso eficiente del agua, y lucha contra el cambio climático, de conformidad con lo establecido en el Capítulo III de este decreto-ley.