Articulo 1 Proyectos industriales estratégicos de las Illes Balears
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»Artículo 1. Objeto y finalidad
Vigente
1. Esta ley tiene por objeto establecer el procedimiento administrativo para declarar como proyectos industriales estratégicos las propuestas de inversión definidas en el siguiente artículo, de acuerdo con los principios de agilización y simplificación de los procedimientos administrativos; así como también los efectos de la declaración de proyecto industrial estratégico y su seguimiento.
2. Esta declaración se podrá acordar en cualquier momento de la tramitación administrativa, pero sólo tendrá efecto a partir de la fecha en la que se declare el proyecto como industrial estratégico.
Modificaciones
- Modificación realizada (1 (apdo. 2, se añade)) por Ley 2/2020, de 15 de octubre, de medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la actividad económica y la simplificación administrativa en el ámbito de las administraciones públicas de las Illes Balears para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19
(BOIB de 20-10-2020) en vigor desde 20-10-2020 - Artículo modificado por Decreto ley 8/2020, de 13 de mayo, de medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la actividad económica y la simplificación administrativa en el ámbito de las administraciones públicas de las Illes Balears para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19
(BOIB de 15-05-2020) en vigor desde 15-05-2020